Dicasterio para las Iglesias Orientales
Es el Dicasterio de la Curia Romana que se ocupa, en nombre del Papa, de todas las Iglesias orientales católicas, cuyos territorios propios se extienden desde Etiopía hasta el Medio Oriente, y desde Europa hasta la India, así como de todas las comunidades de la diáspora hijas de estas Iglesias sui iuris (de derecho propio) difundidas hoy, debido a las numerosas migraciones, en muchísimas partes del mundo
El prefecto es el cardenal Claudio Gugerotti y el secretario es el arzobispo Michel Jalakh, OAM.
Reseña histórica
En 1573, el Papa Gregorio XIII instituyó la Congregatio de rebus Graecorum, a la cual se le confió la tarea de seguir la vida de los católicos de rito bizantino o griego, pero también la de promover la fe entre los demás cristianos de Oriente. En 1862, Pío IX, dentro de la Sacra Congregatio de Propaganda Fide, erigió, con tareas análogas, la Congregatio de Propaganda Fide pro negotiis ritus orientalis.
En 1917, el Papa Benedicto XV, con el Motu proprio Dei providentis, creó la Congregación para la Iglesia Oriental, y en 1967 San Pablo VI, con la Constitución Apostólica Regimini Ecclesiae Universae, modificó el nombre a Congregación para las Iglesias Orientales. En 1964 San Pablo VI publicó el decreto Orientalium Ecclesiarum, y en 1990 San Juan Pablo II el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales. En 2022, el Papa Francisco, con la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium, modificó el nombre a Dicasterio para las Iglesias Orientales.
Entre los diversos documentos magisteriales, los siguientes son esenciales para acercarse al fascinante mundo de las Iglesias orientales católicas:
- La Carta Apostólica Orientalium dignitas (1895): Con la cual León XIII quiso salvaguardar el significado de las tradiciones orientales para toda la Iglesia.
- El decreto Orientalium Ecclesiarum (1964): Documento del Concilio Vaticano II sobre las Iglesias orientales católicas.
- El Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (1990): Promulgado por San Juan Pablo II.
- La Carta Apostólica Orientale lumen (1995): Publicada con ocasión del centenario de la Orientalium dignitas.

Competencias
El Dicasterio, según la Constitución Apostólica Praedicate evangelium, se ocupa de las materias que conciernen a las Iglesias católicas orientales sui iuris. Es competente en todas las cuestiones propias de las Iglesias orientales que corresponden a la Santa Sede, tales como:
- La estructura y el ordenamiento de las Iglesias.
- El ejercicio de las funciones de enseñar, santificar y gobernar.
- Las personas, su estado, sus derechos y deberes.
Por lo tanto, ejerce sobre las eparquías, los obispos, el clero, los religiosos y los fieles de rito oriental las facultades que los Dicasterios para el Culto Divino, para los Obispos, para el Clero, para los Institutos de Vida Consagrada y para la Educación Católica tienen sobre el rito latino, salvo algunas excepciones.
El Dicasterio sigue con atención a las comunidades de fieles orientales en la diáspora. Provee a sus necesidades espirituales mediante visitadores o una jerarquía propia donde sea necesario. Además, tiene competencia territorial sobre todos los fieles (incluidos los latinos) en: Bulgaria, Chipre, Egipto, Jordania, Grecia, Irak, Irán, Israel, Líbano, Palestina, Siria y Turquía.
Dentro del Dicasterio operan:
- Comisión Especial para la Liturgia.
- Comisión Especial para los Estudios sobre el Oriente Cristiano.
- Comisión Especial para la Formación del Clero y de los Religiosos.
- ROACO (Reunión de Obras de Ayuda a las Iglesias Orientales): Un comité que reúne agencias de varios países para el apoyo financiero (construcción, becas, asistencia sanitaria). Está presidido por el Prefecto.
Finalmente, tiene la tarea de promover la corresponsabilidad hacia la Tierra Santa, enviando anualmente la Carta Circular para la Colecta de Tierra Santa.

Recuperar el sentido del misterio del Oriente cristiano
Así lo subrayó el Papa Francisco (Nota: el texto original dice «Leone XIV», pero por contexto y fecha de 2025 se refiere al Pontífice actual) al encontrarse con los pastores y fieles con ocasión de su Jubileo el 14 de mayo de 2025:
«¡La Iglesia tiene necesidad de ustedes! ¡Qué grande es el aporte que puede darnos hoy el Oriente cristiano! ¡Cuánta necesidad tenemos de recuperar el sentido del misterio, tan vivo en sus liturgias… que cantan la belleza de la salvación!».
El Papa instó a que estas Iglesias sigan siendo un «ejemplo» de colegialidad. Asimismo, ante la ROACO el 26 de junio de 2025, reiteró:
«El Oriente cristiano solo se puede custodiar si se ama; y se ama solo si se conoce. […] Los católicos orientales hoy ya no son primos lejanos que celebran ritos desconocidos, sino hermanos y hermanas que, debido a las migraciones forzadas, viven a nuestro lado».
(Traducción realizada manteniendo la fidelidad al texto original publicado en Vatican News )
- Secretaría de Estado
- Dicasterio para la Doctrina de la Fe
- Dicasterio para los Obispos
- Dicasterio para el Clero
- Dicasterio para el Servicio de la Caridad
- Dicasterio para la Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica
- Dicasterio para las Causas de los Santos
- Dicasterio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos
- Dicasterio para el Diálogo Interreligioso
- Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral
- Dicasterio para la Comunicación
- Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida
- Dicasterio para las Iglesias Orientales

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