«Para la validez de los sacramentos, fórmulas y materia no pueden modificarse»

Frente a la perpetuación de los abusos litúrgicos, con la Nota “Gestis verbisque” el Dicasterio para la Doctrina de la Fe reitera que las palabras y los elementos establecidos en el rito esencial de cada sacramento no pueden ser modificados porque en tal caso el sacramento no existe

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Sacramento del matrimonio © Cathopic

Se titula «Gestis verbisque» la Nota del Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicada el sábado 3 de febrero. Un texto discutido y aprobado por los cardenales y obispos miembros en la reciente Asamblea Plenaria del Dicasterio y luego aprobado por el Papa Francisco, con el que se reitera que las fórmulas y los elementos materiales establecidos en el rito esencial del sacramento no se pueden cambiar a voluntad en nombre de la creatividad. Haciéndolo, de hecho, el sacramento mismo no es válido, por lo tanto no ha existido.

Presentación del cardenal Fernández

En la presentación del documento, el cardenal Víctor Manuel Fernández, Prefecto del Dicasterio, explica su génesis, a saber que «la multiplicación de situaciones en las que se había constatado la invalidez de los sacramentos celebrados», con modificaciones que «habían llevado después a la necesidad de localizar a las personas implicadas para repetir el rito del bautismo o de la confirmación, y un número significativo de fieles había expresado con razón su malestar».

Se citan como ejemplos las modificaciones en la fórmula del bautismo, por ejemplo: «Yo te bautizo en nombre del Creador…» y «En nombre del papá y de la mamá… nosotros te bautizamos». Circunstancias que también han afectado a algunos sacerdotes que «habiendo sido bautizados con fórmulas de este tipo, han descubierto dolorosamente la invalidez de su ordenación y de los sacramentos celebrados hasta ese momento».

El cardenal explica que «mientras en otros ámbitos de la acción pastoral de la Iglesia hay un amplio espacio para la creatividad», en el ámbito de la celebración de los sacramentos ésta «se transforma más bien en una ‘voluntad manipuladora'». Fernández concluye recordando que «a los ministros se nos exige superar la tentación de sentirnos dueños de la Iglesia» y que «los fieles tienen derecho, a su vez, a recibirlos tal como la Iglesia lo dispone».

Prioridad a la acción de Dios

«Con eventos y palabras íntimamente relacionados – se lee en la Nota doctrinal – Dios revela y realiza su designio de salvación para cada hombre y mujer». Lamentablemente, «se debe constatar que no siempre la celebración litúrgica, especialmente las de los sacramentos, se desarrolla con plena fidelidad a los ritos prescritos por la Iglesia».

En el documento se recuerda que «la Iglesia, desde sus orígenes, ha cuidado especialmente las fuentes de las que toma la linfa vital para su existencia y su testimonio: la Palabra de Dios, atestiguada por las Sagradas Escrituras y por la Tradición, y los Sacramentos, celebrados en la liturgia, mediante los cuales es continuamente reconducida al misterio de la Pascua de Cristo».

Por eso, las intervenciones del Magisterio en materia sacramental «siempre han estado motivadas por la preocupación fundamental de la fidelidad al misterio celebrado. La Iglesia, en efecto, tiene el deber de asegurar la prioridad de la acción de Dios y salvaguardar la unidad del Cuerpo de Cristo en aquellas acciones que no tienen igual porque son sagradas ‘por excelencia’ con una eficacia garantizada por la acción sacerdotal de Cristo».

La Iglesia es también «consciente de que administrar la gracia de Dios no significa apropiársela, sino hacerse instrumento del Espíritu en la transmisión del don del Cristo pascual. Ella sabe, en particular, que su potestas respecto a los sacramentos se detiene frente a su sustancia» y que «en los gestos sacramentales ella debe custodiar los gestos salvíficos que Jesús le ha confiado».

Materia y forma

En la Nota se explica a continuación que la «materia del sacramento consiste en la acción humana a través de la cual actúa Cristo. En ella hay a veces un elemento material (agua, pan, vino, aceite), otras veces un gesto particularmente elocuente (señal de la cruz, imposición de las manos, inmersión, infusión, consentimiento, unción)».


Una corporeidad que es «indispensable porque enraíza el sacramento no sólo en la historia humana, sino también, más fundamentalmente, en el orden simbólico de la Creación y lo remite al misterio de la Encarnación del Verbo y de la Redención obrada por Él».

En cuanto a la forma del sacramento, ella «está constituida por la palabra, que confiere un significado trascendente a la materia, transfigurando el sentido ordinario del elemento material y el sentido puramente humano de la acción realizada. Esa palabra se inspira siempre, en diverso grado, en la Sagrada Escritura, hunde sus raíces en la Tradición viva eclesial y ha sido definida con autoridad por el Magisterio de la Iglesia». Por tanto, materia y forma «nunca han dependido ni pueden depender de la voluntad del individuo o de la comunidad individual».

No se puede cambiar

En el documento se reafirma que «para todos los sacramentos, en cualquier caso, siempre se ha exigido la observancia de la materia y de la forma para la validez de la celebración, con la conciencia de que las modificaciones arbitrarias de una y/o de la otra – cuya gravedad y fuerza invalidante deben comprobarse de vez en cuando – ponen en peligro la concesión efectiva de la gracia sacramental, en evidente perjuicio de los fieles». Lo que está escrito en los libros litúrgicos promulgados debe ser fielmente observado sin «añadir, quitar o cambiar nada».

Porque si se cambian las palabras o la materia, el sacramento no existe. A este respecto, en la nota 31 del documento, se hace una distinción significativa entre licitud y validez, explicando que «cualquier modificación a la fórmula de un sacramento es siempre un acto gravemente ilícito», aunque se trate de algo mínimo que no altere su significado original y no lo invalide. El cambio de los elementos esenciales para la celebración del sacramento también introduce «la duda sobre la real intención del ministro, anulando la validez del sacramento celebrado».

El arte de celebrar

La liturgia permite la variedad que preserva a la Iglesia de la «rígida uniformidad». Como se lee en la Constitución conciliar Sacrosanctum Concilium. Pero esta variedad y creatividad, que favorecen una mayor inteligibilidad del rito y la participación activa de los fieles, no puede afectar a lo esencial de la celebración de los sacramentos. «Parece cada vez más urgente – se afirma por lo tanto en la Nota – madurar un arte de celebrar que, manteniéndose a distancia tanto de una rúbrica rígida como de una fantasía desenfrenada, conduzca a una disciplina que hay que respetar, precisamente para ser auténticos discípulos».

En el texto se incluye esta cita del Papa Francisco: «No se trata de tener que seguir una etiqueta litúrgica: se trata más bien de una ‘disciplina’ –en el sentido utilizado por Guardini – que, si se observa con autenticidad, nos forma: son gestos y palabras que ponen orden en nuestro mundo interior haciéndonos vivir sentimientos, actitudes, comportamientos. No son la enunciación de un ideal al que intentamos inspirarnos, sino que son una acción que implica al cuerpo en su totalidad, es decir, en su ser unidad de alma y de cuerpo».

Custodiar la riqueza de los sacramentos

«Nosotros… tenemos este tesoro en vasos de barro, para que parezca que este poder extraordinario pertenece a Dios y no procede de nosotros» (2 Co 4, 7). En sus conclusiones, el documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe cita las palabras de san Pablo, una antítesis utilizada «para subrayar cómo la sublimidad del poder de Dios se revela a través de la debilidad de su ministerio de anunciador, que también describe bien lo que sucede en los sacramentos».

Toda la Iglesia está llamada a custodiar la riqueza contenida en ellos, para que nunca se oscurezca la primacía de la acción salvífica de Dios en la historia, ni siquiera en la frágil mediación de signos y gestos propios de la naturaleza humana».