México: Episcopado reitera la dignidad, vida y conciencia humanas

Comunicado de la Dimensión de Vida

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Bebé recién nacido © Cathopic

Monseñor Jesús José Herrera Quiñones, obispo de Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, y responsable de la Dimensión Episcopal de Vida del Episcopado de México (CEM), emitió el pasado domingo 5 de septiembre de 2021 un “comunicado ante el análisis de la Suprema Corte de Justicia de la nación de asuntos relacionados con el derecho humano a la vida, el aborto y la objeción de conciencia”.

Después de introducir el documento diciendo que “el relativismo moral y ético” abre las puertas a “graves atentados contra la vida y la dignidad humana”, Mons. Quiñones recuerda que ayer, lunes 6 de diciembre, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia del país discutió asuntos como el derecho humano a la vida, el aborto en el estado de Coahuila y la objeción de conciencia en materia de salud.

Visión de la Iglesia

Desde la CEM, apunta el obispo de Nuevo Casas Grandes, “con humildad y claridad en este momento de dificultad, zozobra, ambigüedad e incertidumbre nacional en relación a la cultura de la vida, queremos recordar que el ser humano, hijo de un padre y una madre, cuya vida inicia en el momento de la concepción, debe ser reconocido en su dignidad en todas las etapas de su vida, y merece la misma protección de la ley ante acciones que pudieran atentar contra su integridad”.


“La conciencia es el sagrario íntimo del ser humano (cf. GS, 16) y no puede forzarse a alguien a actuar en contra de los dictados de su conciencia”, aclara. Y refuerza su argumento citando la Declaración conjunta de los Obispos de México sobre el don de la vida y la dignidad de la persona humana: “Nuestro querido pueblo sufre los embates, cada vez más constantes, de la cultura de la muerte y se enfrenta a una serie de desafíos que, como Pastores, estamos llamados a iluminar y dar, así, razón de nuestra esperanza”.

En esta línea, monseñor muestra su confianza en que “la pauta que guiará la resolución de los Ministros de la Suprema Corte sea la de la justicia que da a cada quien lo suyo, y en este caso otorgue la protección equivalente a la madre y al hijo no nacido, sin discriminación por su grado de desarrollo”, y en que “sea reconocido el derecho fundamental a la objeción de conciencia del personal de salud para no verse obligado a participar en un acto que atente contra sus convicciones personalísimas o contra su fe”,