Indulgencia, remisión y perdón en el Jubileo 2025

La indulgencia, vía para experimentar la misericordia divina, ya cuenta con directrices detalladas para el próximo año jubilar

Como expresado por el Papa Francisco ya en la bula de convocación del Jubileo Extraordinario de la Misericordia del 2015, el don de la Indulgencia “permite descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios”. Hoy por hoy, convocados al Jubileo Ordinario del 2025, en un momento histórico en el que “la humanidad – dice el Santo Padre en el anuncio del pasado 9 de mayo- está sometida a una prueba nueva y difícil que ve a numerosas poblaciones oprimidas por la brutalidad de la violencia”, es más relevante que nunca “esa gracia jubilar que es la indulgencia”. De cómo obtenerla, se ha encargado la Penitenciaría Apostólica que, este lunes, 13 de mayo, memoria de la Virgen de Fátima, ha hecho público el decreto con las indicaciones y normas sobre la concesión de esa “gracia” especial, durante el Jubileo que se aproxima.

Las peregrinaciones: Roma y Jerusalén

Firmado por el cardenal Angelo De Donatis, Penitenciario Mayor y monseñor Krzysztof Nykiel, regente de la penitenciaría, el documento titulado «Normas sobre la concesión de indulgencias», aclara, en primer lugar, que «durante el Jubileo Ordinario de 2025 permanece en vigor cualquier otra concesión de indulgencia» y que, por tanto, en las condiciones habituales también será posible obtenerla y aplicarla «a las almas del purgatorio en forma de sufragio».

El decreto de la Penitenciaria apostólica destaca, de manera especial, la participación en las peregrinaciones, tanto las que se realizan a Roma en «al menos una» de las cuatro Basílicas Papales Mayores (San Pedro en el Vaticano, del Santísimo Salvador en el Laterano, de Santa María la Mayor, de San Pablo Extramuros) como a Tierra Santa en al menos una de las tres Basílicas (del Santo Sepulcro de Jerusalén, de la Natividad de Belén o de la Anunciación de Nazaret).

De la indulgencia en el mundo

El documento especifica que la indulgencia también puede obtenerse participando en la Misa, el Rosario, el Vía Crucis y otras celebraciones en peregrinación «a cualquier lugar sagrado jubilar» o «en otras circunscripciones eclesiásticas», catedrales e iglesias, según las disposiciones de los obispos locales.

Igualmente, indica como destinos de peregrinación otros lugares sagrados de Roma y del mundo -incluidos los grandes santuarios y basílicas como Asís, Loreto y Pompeya- y subraya también las modalidades para obtener la indulgencia de quienes «por motivos graves» (monjas de clausura, enfermos, presos, etc.) no podrán participar en peregrinaciones y celebraciones.

Misericordia y penitencia

En la línea de Spes non confundit, donde Francisco afirma que «en el Año Jubilar estaremos llamados a ser signos tangibles de esperanza para tantos hermanos y hermanas que viven en condiciones de penuria», las Normas de la Penitenciaría aclaran que la indulgencia está «vinculada también a las obras de misericordia y de penitencia». La invitación a los creyentes es, entonces,  a redescubrir las obras de misericordia corporales y espirituales, por lo que eligiendo visitar a los enfermos, a los presos, a los ancianos solos, a las personas con capacidades diferentes, será posible obtener la indulgencia en cada visita, incluso una vez al día.


La misma posibilidad está ligada, prosigue el documento, a iniciativas «que implementen concreta y generosamente el espíritu penitencial que es como el alma del Jubileo», en particular, redescubriendo «el valor penitencial del viernes» con la abstención «al menos durante un día» de distracciones «reales pero también virtuales», (como las inducidas por los medios de comunicación y las redes sociales), de «consumos superfluos», practicar el ayuno como indica la Iglesia, por ejemplo, «donando una suma proporcionada de dinero a los pobres» o «sosteniendo obras de carácter religioso o social», en favor de la defensa y protección de la vida, de los niños abandonados, de los jóvenes en dificultad, de los ancianos necesitados o solos, de los emigrantes, o incluso «dedicando una parte adecuada del tiempo libre a actividades de voluntariado».

El Sacramento de la Penitencia

El Año Santo, dice la Penitenciaría al presentar las Normas, es un período especial para experimentar el perdón divino. Por eso, en la parte final, se da espacio a todo lo que facilita el acceso a la Confesión, con una serie de facultades concedidas a los obispos en este sentido y con una invitación a todos los sacerdotes «a ofrecer con generosa disponibilidad y entrega de sí mismos la más amplia posibilidad de que los fieles se acojan a los medios de salvación».

También se sugieren indicaciones prácticas, como la publicación de «franjas horarias para las confesiones», la exhortación a «encontrarse en el confesionario, programando celebraciones penitenciales de forma fija y frecuente», pidiendo también ayuda a los sacerdotes ancianos que no tienen obligaciones pastorales. Una última recomendación a los obispos es que se preocupen de explicar «claramente las disposiciones y los principios» que subyacen a la concesión de indulgencias, con una formación que tenga en cuenta «de modo particular las circunstancias de lugar, cultura y tradiciones» de cada pueblo.