El Papa Francisco ha modificado con un Motu proprio la estructura interna de la Congregación para la Doctrina de la Fe haciendo una separación clara, a través de la institución de dos secciones diferenciadas, la Doctrinal y la Disciplinaria, y asignando un secretario a cada una.
El cardenal prefecto de dicho Dicasterio dispondrá por tanto de dos adjuntos. La misión de tan reforma es dar un “enfoque más adecuado al cumplimiento de sus funciones”.
El Santo Padre explica que la competencia doctrinal se ocupará de “los asuntos relativos a la promoción y protección de la doctrina de la fe y la moral”, y también fomentará “los estudios destinados a aumentar la comprensión y la transmisión de la fe al servicio de la evangelización, para que su luz sea un criterio de comprensión del sentido de la vida, sobre todo ante los interrogantes que plantean el progreso de las ciencias y el desarrollo de la sociedad”. A esta sección pertenecerá la Oficina Matrimonial.
Por su parte, la competencia disciplinaria se ocupará “de los delitos reservados a la Congregación y de los que ésta se ocupa a través de la jurisdicción del Supremo Tribunal Apostólico allí establecido”. Su tarea, añade, será “preparar y elaborar los procedimientos previstos por las normas canónicas para que la Congregación, en sus diversas instancias (Prefecto, Secretario, Promotor de Justicia, Congreso, Sesión Ordinaria, Colegio para el examen de los recursos en materia de delicta graviora), pueda promover una correcta administración de justicia”.
A continuación, sigue el texto completo de la Carta apostólica en forma de Motu Proprio Fidem servare de Francisco por el que modifica el organigrama del antiguo Santo Oficio separando los responsables de las secciones doctrinales y disciplinarias.
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CARTA APOSTÓLICA EN FORMA DE “MOTU PROPRIO”
del Sumo Pontífice Francisco
Fidem servare
Con la que queda modificada la estructura interna de la Congregación para la Doctrina de la Fe
“Guardar la fe” (cf. 2 Tm 4,7) es la tarea principal y el criterio último a seguir en la vida de la Iglesia. La Congregación para la Doctrina de la Fe asume esta importante tarea, asumiendo tanto las competencias doctrinales como las disciplinarias, tal y como le atribuyeron mis venerables predecesores.
La configuración actual de la Congregación fue establecida por san Pablo VI, que en el Motu Proprio Integrae Servandae cambió el nombre del dicasterio por el de “Congregación para la Doctrina de la Fe”, y por san Juan Pablo II, que en la Constitución Apostólica Pastor Bonus especificó sus competencias.
Ahora bien, teniendo en cuenta la experiencia adquirida por la Congregación a lo largo de este tiempo en diversos ámbitos de trabajo, y la necesidad de darle un enfoque más adecuado al cumplimiento de sus funciones, he considerado oportuno establecer lo siguiente:
1. La Congregación para la Doctrina de la Fe comprende dos Secciones, la Doctrinal y la Disciplinaria, cada una de ellas coordinada por un secretario que asiste al prefecto en el ámbito específico de su competencia, con la colaboración del subsecretario y de los respectivos jefes de Oficina.
2. La Sección Doctrinal, a través de la Oficina Doctrinal, se ocupa de los asuntos relativos a la promoción y protección de la doctrina de la fe y la moral. También fomenta los estudios destinados a aumentar la comprensión y la transmisión de la fe al servicio de la evangelización, para que su luz sea un criterio de comprensión del sentido de la vida, sobre todo ante los interrogantes que plantean el progreso de las ciencias y el desarrollo de la sociedad.
Por lo que se refiere a la fe y a la moral, la Sección dispondrá el examen de los documentos que sean publicados por otros dicasterios de la Curia Romana, así como de los escritos y opiniones que parezcan problemáticos para la recta fe, fomentando el diálogo con sus autores y proponiendo remedios adecuados, según las normas de la Agendi ratio in doctrinarum examine.
A esta Sección se le confía la tarea de estudiar las cuestiones relativas a los Ordinariatos Personales instituidos por la Constitución Apostólica Anglicanorum Coetibus.
A la Sección Doctrinal pertenece la Oficina Matrimonial, que ha sido creada para examinar, tanto de hecho como de derecho, las cuestiones relativas al “privilegium fidei”.
3. La Sección Disciplinaria, a través de la Oficina Disciplinaria, se ocupa de los delitos reservados a la Congregación y de los que ésta se ocupa a través de la jurisdicción del Supremo Tribunal Apostólico allí establecido. Su tarea es preparar y elaborar los procedimientos previstos por las normas canónicas para que la Congregación, en sus diversas instancias (Prefecto, Secretario, Promotor de Justicia, Congreso, Sesión Ordinaria, Colegio para el examen de los recursos en materia de delicta graviora), pueda promover una correcta administración de justicia.
Para ello, la Sección promueve iniciativas de formación adecuadas ofrecidas por la Congregación a los Ordinarios y a los juristas, con el fin de favorecer una correcta comprensión y aplicación de las normas canónicas relativas a su propio ámbito de competencia.
4. La Congregación para la Doctrina de la Fe cuenta con un Archivo actual para la custodia y consulta de documentos, que gestiona también los Archivos Históricos de las antiguas Congregaciones del Santo Oficio y del Índice.
Lo decidido por esta Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, ordeno que sea firme y estable en su vigencia, no obstante cualquier cosa en contrario, aunque sea digna de especial mención, y que se promulgue mediante su publicación en L’Osservatore Romano, entrando en vigor el 14 de febrero de 2022, y se publique después en el comentario oficial de los Acta Apostolicae Sedis.
Dado en Roma, junto a San Pedro, el 11 de febrero del año 2022, memoria de la Bienaventurada Virgen María de Lourdes, noveno de mi Pontificado.
FRANCISCO