Esta modificación jurídica es un paso más de la insistencia del Papa de dar a las mujeres el lugar que les corresponde en la Iglesia. No es clericalizarlas, ni darles esperanza de un sacerdocio femenino. Es reconocer su dignidad y su servicio a partir de su Bautismo y Confirmación. Es como un reconocimiento a lo que en la práctica ya realizan.
En efecto, en la mayoría de nuestras celebraciones, son mujeres las que proclaman la Palabra de Dios, pues muchos varones no se animan a hacerlo; son ellas las más dispuestas a servir en este ministerio. De igual modo, son muchísimas las mujeres que son nombradas por el obispo como Ministras Extraordinarias de la Comunión, dentro y fuera de la Misa; pero su nombramiento ha sido temporal y hay que renovárselo periódicamente. Siendo Acólitas, ya no requerirán dicha renovación.
A las esposas de los diáconos permanentes, les di autorización permanente para que dieran la Comunión. A mujeres indígenas concedí facultad de celebrar bautismos, en lugares donde no había diáconos ni sacerdotes. Esto lo tiene contemplado el Código de Derecho Canónico; es una decisión que compete al obispo local.
Además, con el consentimiento de la Conferencia Episcopal y la autorización de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, a ellas mismas les concedí facultad de presidir matrimonios. Estos permisos ahora se han limitado, pues gracias a Dios han aumentado los diáconos permanentes y los sacerdotes nativos.
No faltan personas que interpreten esta decisión del Papa como un paso hacia el sacerdocio femenino, y como un derecho que se les había negado. No es así y no tenemos derecho a estos ministerios. Es una gracia del Espíritu poder servir en la Iglesia. Es un ministerio no de poder, sino de servicio.
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